Potestad de planeamiento

MEMORIA Y DISCRECIONALIDAD DEL PLANEAMIENTO: STSJ MADRID 20-12-2024

Así, la potestad de planeamiento es una potestad discrecional de la Administración, que como indica el Tribunal Supremo debe observarse dentro de los principios del art. 103 de la Constitución ; de tal suerte que el éxito de una impugnación de la potestad de planeamiento, tiene que basarse en una clara actividad probatoria que deje […]

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APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 39/2015 AL EJERCICIO DE LA POTESTAD DE PLANEAMIENTO: STSJ MADRID 2 DE JULIO DE 2024

En el planteamiento de la demandante subyace la cuestión relativa a si cabe la aplicación de las disposiciones de la LPACAP al ejercicio de la potestad de planeamiento urbanístico. La tesis que postula la actora solo puede prosperar si se acepta tal aplicación. Sucede, sin embargo, que la misma ha resultado categóricamente excluida por la

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LA POTESTAD DE PLANEAMIENTO COMO DEBER: STSJ MADRID 321/2024 DE 22 DE ABRIL DE 2024

Más en concreto, en la STS de 20 de abril de 2011 ( ECLI:ES:TS:2011:2284 , RC 1735/ 2007) declaramos: «La potestad para establecer, reformar o cambiar la planificación urbanística no es sólo una potestad, sino que constituye, además, un deber administrativo de inexorable cumplimiento cuando las circunstancias del caso lo exijan, como señala el artículo

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