NOTAS SOBRE REPARCELACIONES Y DERECHO CIVIL: STSJ MADRID 21/11/2025 ECLI:ES:TSJM:2025:14356

TITULARIDAD: Es continuo en esta jurisdicción que las acciones declarativas o reivindicatorias de la propiedad basadas en el dominio civil de una cosa son cuestiones propias de la jurisdicción civil. Sobre esta cuestión, podemos citar a título ejemplificativo y general la STS, sec. 5, de 25-3-2011, rec. 6039/2006 nos dice «como hemos declarado en sentencia … Leer más

PROPIEDADES Y URBANISMO: STSJ GALICIA 6/10/2025 ECLI:ES:TSJGAL:2025:7485

Hoy en urbanlaw interesante sentencia sobre propiedades y urbanismo:

El contenido y virtualidad de un plan general de ordenación municipal no es hacer declaraciones de propiedad, extremo sobre el que no procederá pronunciarse y cuya definitiva resolución está reservado a la jurisdicción civil. La disposición impugnada no equivale ni a un acto municipal de aprobación del inventario municipal de bienes, ni a una resolución de un expediente en el que se inste la recuperación de la posesión perdida de bienes demaniales.

El PGOM no declara titularidades, ni la impugnación del mismo es el cauce para reivindicar la titularidad pública de una superficie de terreno o la existencia de unos caminos de carácter público. A este respecto, cabe recordar lo que se decía en la Sentencia de esta Sala y Sección nº323/2023, dictada en el PO 4053/2022, de 14 de julio de 2023 :
«El PGOM no declara titularidades, ni la impugnación del mismo es el cauce para reivindicar la titularidad privada de una superficie de terreno o la ausencia del carácter público de un camino existente y que la disposición impugnada se limita a incorporar a la cartografía.

Por ello, no son aplicables al presente procedimiento las exigencias de acreditación del carácter demanial de los caminos públicos contenidas en sentencias que juzgan la validez de actos municipales de recuperación de la posesión indebidamente perdida de bienes demaniales. El PGOM no tiene la virtualidad de declarar la titularidad pública del camino, se limita a incorporar una previsión sobre el viario municipal, como contenido propio del instrumento de planificación, que implicará una modificación de la alineación. Es la jurisdicción civil la competente para resolver las cuestiones atinentes a la titularidad de los bienes, que no corresponde enjuiciar en este procedimiento, en cuanto que las mismas tampoco forman parte del contenido y efectos de la disposición
impugnada. (…)

No estamos ante un pleito en el que haya que dirimir cuestiones de propiedad, ni siquiera en el que se haya de atender a la existencia de indicios de demanialidad para justificar prima facie la pertinencia de la recuperación posesoria de un camino por el Concello o su inclusión en el inventario municipal. Sobre la base de una realidad física existente, que conforma la existencia de un camino en un núcleo rural, el PGOM decide reconocerla en su cartografía, delimitando las alineaciones.»

 

STSJ CASTILLA Y LEON45/2024 DE 1 DE MARZO DE 2024

El planeamiento no determina la propiedad, sino que únicamente determina la declaración de utilidad pública e interés social de las obras previstas en el instrumento de planeamiento, en este caso la revisión de las Normas Urbanísticas Municipales; pero en ningún caso estas Normas determinan que la propiedad de un concreto suelo o de determinado terreno sea de una persona o de otra o sea de una Administración o de otra o de un particular. Si el suelo era antes de las Normas de propiedad del aquí actor, las Normas no habrán cambiado por sí solas esta titularidad, y si el suelo era propiedad de la Junta Administrativa, las Normas tampoco habrán cambiado la titularidad de este suelo

SENTENCIA 36/2024 DE 25 DE ENERO DE 2024 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE VALENCIA

Del contenido del precepto citado en la Sentencia (artículo 219 LOTUP) se deriva la inexistencia de efecto alguno que pueda dimanar de las licencias en orden al derecho de propiedad, pues, como determina el Tribunal Supremo, «el otorgamiento de la licencia urbanística no supone que se reconozca que el solicitante es propietario del suelo o … Leer más